LEY 1581 DEL 2012 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO 1377 DE 2013. RÉGIMEN GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS

Los padres de familia y/o acudientes del estudiante de manera expresa autorizamos al colegio, el tratamiento (recolección, almacenamiento, uso y supervisión) de los datos personales indispensables, opcionales y sensibles del estudiante, así como de los padres y/o acudientes que se requieran o que estén relacionados con la prestación del servicio educativo contratado. Así mismo, autorizamos la transferencia de los datos a las entidades públicas o administrativas en el ejercicio de las competencias legales o por orden judicial; autorizamos la transferencia de datos a terceros en los cuales el colegio haya celebrado contratos de prestación de servicios, tales como transporte y alimentación y si fuese el caso, o por otras tareas relacionadas o derivadas del servicio educativo.

El colegio no utilizará de ninguna manera los datos personales del estudiante o sus padres y/o acudientes para fines comerciales.